El IVA en las máquinas de vending no es uno solo. Cada producto lleva su tipo: el agua y los snacks, el 10 %; los refrescos con azúcar o edulcorantes, el 21 %. Y lo que haces con ese IVA depende de quién eres: un autónomo suele estar en recargo de equivalencia y no lo declara, y una sociedad lo ingresa cada trimestre.
En esta guía contamos qué tipo lleva cada producto, cómo se saca el IVA del precio de la máquina, qué régimen te toca, qué pasa con la comisión del local y los errores que más se repiten. Está comprobado en el BOE a 14 de octubre de 2026.
La respuesta corta
- Lo que vende una máquina es una venta de productos, así que cada uno lleva su tipo de IVA, como en una tienda.
- Un refresco con azúcar va al 21 % en la máquina, aunque en un bar vaya al 10 %: el bar presta un servicio de hostelería y la máquina vende un producto.
- Si eres autónomo, lo normal es el recargo de equivalencia: el proveedor te cobra el IVA y un recargo, y tú no declaras el IVA de lo que vendes.
- Si tienes una sociedad, régimen general: ingresas el IVA de las ventas cada trimestre y descuentas el de tus compras.
Qué tipo lleva cada producto
| Producto | IVA | Ojo con |
|---|---|---|
| Agua envasada | 10 % | Si lleva azúcar o edulcorante añadido ya es otra bebida |
| Snacks, chocolatinas, galletas, bollería, bocadillos | 10 % | Es el tipo de la mayor parte de la alimentación |
| Café, té y otras bebidas calientes | 10 % | Lo que prepara la máquina puede cambiar el régimen (más abajo) |
| Zumos sin azúcares ni edulcorantes añadidos | 10 % | Mira la etiqueta: los «néctares» suelen llevar azúcar añadido |
| Refrescos, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos | 21 % | Los «cero» también: llevan edulcorantes |
| Leche, fruta fresca, pan común | 4 % | Los batidos y las bebidas lácteas no son leche: compruébalo producto a producto |
| Bebidas alcohólicas | 21 % | Además, las comunidades autónomas limitan su venta en máquinas |
| Lo que no es comida: cargadores, mascarillas, juguetes, tabaco | 21 % | El tabaco tiene sus propias reglas de venta |
La lista completa de alimentos, con los casos dudosos, está en nuestra guía del IVA de los alimentos en España. En Canarias no hay IVA sino IGIC, y en Ceuta y Melilla, IPSI.
¿Por qué la misma lata va al 10 % en un bar y al 21 % en una máquina? La ley pone el 21 % a las bebidas con azúcares o edulcorantes añadidos cuando se venden como producto, y el 10 % a los servicios de hostelería. El bar te sirve la lata; la máquina te la vende.
Cómo se saca el IVA del precio
El precio que marca la máquina lleva el IVA dentro. Para saber cuánto es tuyo, divide el precio entre 1,10 si el producto va al 10 %, o entre 1,21 si va al 21 %. Lo que queda es la base, y la diferencia es el IVA.
Un ejemplo con precios inventados:
| Producto | Precio en la máquina | Base | IVA |
|---|---|---|---|
| Agua (10 %) | 1,00 € | 0,91 € | 0,09 € |
| Café (10 %) | 1,20 € | 1,09 € | 0,11 € |
| Refresco con azúcar (21 %) | 1,50 € | 1,24 € | 0,26 € |
Si la máquina mezcla productos al 10 y al 21 %, el IVA no se puede sacar del total del cajetín. Hay que saber qué se ha vendido de cada producto, y para eso hay que anotar lo que sale de cada celda.
¿Recargo de equivalencia o régimen general?
Si eres autónomo: recargo de equivalencia
El recargo de equivalencia es obligatorio para los comerciantes minoristas que son personas físicas (y para las comunidades de bienes formadas por personas físicas) cuando venden los productos tal como los compran, y más del 80 % de sus ventas son a consumidores (artículos 148 y 149 de la ley del IVA). Una máquina de snacks y bebidas encaja.
Así funciona:
- El proveedor te cobra el IVA y un recargo: el 5,2 % en lo que va al 21 %, el 1,4 % en lo que va al 10 % y el 0,5 % en lo que va al 4 %. En el tabaco, el 1,75 %.
- No declaras el IVA de lo que vendes. Lo que cobra la máquina es tuyo entero.
- No te descuentas nada. El IVA de la máquina, de las reparaciones o de la comisión del local es un coste más.
Un ejemplo inventado: una caja de 24 latas con azúcar te cuesta 12,00 € de base. El proveedor te cobra 2,52 € de IVA y 0,62 € de recargo: 15,14 €, unos 0,63 € por lata. Si la vendes a 1,50 €, te quedan 0,87 € por lata antes de la comisión del local y del resto de gastos.
Un matiz: la ley no considera minorista a quien transforma el producto antes de venderlo. Si la máquina prepara bebidas calientes a partir de café en grano o en polvo, esas ventas podrían quedar fuera del recargo. Confírmalo con tu asesoría.
Si tienes una sociedad: régimen general
Una sociedad limitada no puede estar en recargo de equivalencia. Repercute el IVA de cada venta, lo declara cada trimestre en el modelo 303 y se descuenta el IVA de lo que compra: el producto, la máquina, las reparaciones, la comisión del local. Al final del año, el resumen va en el modelo 390.
Para el margen, la cuenta se hace con la base: el precio después de quitarle el IVA. Lo explicamos con números en la rentabilidad de una máquina de vending.
La comisión del local y el resto de gastos
El bar, la oficina o el gimnasio que te deja poner la máquina te cobra por ese espacio, y lo normal es que te lo facture con el 21 % de IVA. En régimen general, ese IVA te lo descuentas; en recargo de equivalencia, es coste.
Pasa igual con la máquina: si se la compras a una empresa, la factura lleva el 21 %. Una sociedad lo recupera en sus declaraciones; un autónomo en recargo, no, y eso cambia lo que cuesta de verdad la máquina.
Facturas y tickets
En recargo de equivalencia no estás obligado a hacer factura por lo que vendes a consumidores (artículo 3.1.b del reglamento de facturación). Si quien compra es una empresa o un profesional, sí. Y debes guardar las facturas de tus compras, con el recargo desglosado.
Si tienes una sociedad, cómo se documentan las ventas de una máquina, que no imprime tickets, es algo que conviene dejar claro con tu asesoría. Y si tu programa emite facturas, mira cómo te afecta VeriFactu, que se ha aplazado.
Errores frecuentes
- Poner el 10 % a todas las bebidas. Los refrescos con azúcar o edulcorantes van al 21 %, también los «cero».
- Copiar el tipo del bar. El 10 % de hostelería no vale para una máquina.
- Sacar el IVA del total del cajetín con un solo tipo, cuando la máquina mezcla productos.
- Descontarse el IVA estando en recargo. En recargo, el IVA de las compras no se recupera.
- Calcular el margen con el IVA dentro en régimen general. La parte del IVA no es tuya.
- Olvidar el IVA de la comisión del local en la cuenta de cada máquina.
Las ventas de cada producto, en cada reposición, con Repónlo
Repónlo (es nuestro) es una aplicación para operadores de vending que no tienen telemetría. Anotas lo que queda y lo que cargas en cada celda, y salen solas las ventas por celda y por producto: el dato del que sale el IVA de cada tipo. Al retirar el dinero te dice cuánto debería haber según lo vendido, y te avisa de los precios que quedan por debajo de tu margen. Funciona desde el navegador del móvil, sin instalar nada. Es gratis para siempre con una máquina. Con más, desde 19 € al mes, IVA no incluido, hasta cinco máquinas.
Preguntas frecuentes
¿Qué IVA lleva lo que se vende en una máquina de vending?
El de cada producto: el 10 % en la mayor parte de la comida, el agua y el café; el 21 % en los refrescos y zumos con azúcares o edulcorantes añadidos y en lo que no es comida; el 4 % en la leche, la fruta fresca y el pan común.
¿Por qué un refresco va al 21 % en la máquina y al 10 % en el bar?
Porque el bar presta un servicio de hostelería, que va al 10 %, y la máquina vende un producto, y los refrescos con azúcares o edulcorantes añadidos van al 21 %.
¿Un autónomo con máquinas de vending está en recargo de equivalencia?
Lo normal es que sí, si es persona física y vende los productos sin transformarlos. Las bebidas que prepara la máquina pueden ser una excepción: confírmalo con tu asesoría.
¿Tengo que presentar el modelo 303 si estoy en recargo?
No por las ventas que hagas en ese régimen. El IVA lo pagas al comprar, con el recargo.
¿Me puedo deducir el IVA de la máquina?
En régimen general, sí. En recargo de equivalencia, no: es parte del coste de la máquina.
¿La comisión del local lleva IVA?
Lo normal es que el local te la facture con el 21 %. Pregunta a tu asesoría si tu caso tiene alguna particularidad.
¿Tengo que dar factura o ticket en cada venta?
En recargo de equivalencia no estás obligado a hacer factura por lo que vendes a consumidores. Si tienes una sociedad, acuerda con tu asesoría cómo documentar las ventas de la máquina.
Conclusión
El IVA de una máquina de vending se resuelve con dos preguntas. La primera, qué tipo lleva cada producto: el 10 % casi todo, el 21 % los refrescos con azúcar o edulcorantes y lo que no es comida. La segunda, en qué régimen estás: en recargo, el IVA se paga al comprar y no se declara; en régimen general, se ingresa cada trimestre y se descuenta el de los gastos. Con eso claro, el margen de cada producto se calcula bien.
Este artículo es informativo y no sustituye al consejo de tu asesoría. Los ejemplos son inventados, y los tipos y regímenes pueden cambiar: compruébalos antes de fijar precios.
Enlaces útiles
- IVA de los alimentos en España: qué tipo lleva cada producto.
- Rentabilidad de una máquina de vending: la cuenta, con un ejemplo.
- Cuadrar la recaudación de una máquina: cuánto debería haber en el cajetín según lo vendido.
- Ley 37/1992 del IVA, en el BOE.



