En España el IVA tiene tres tipos: el general del 21 %, el reducido del 10 % y el superreducido del 4 %. Los fijan los artículos 90 y 91 de la Ley 37/1992. Hasta ahí, lo que sale en cualquier tabla. Lo que casi nunca sale, y es lo que de verdad rompe tiendas, es que parte del territorio español está fuera del IVA.
| Tipo | Porcentaje | Se aplica a |
|---|---|---|
| General (art. 90.Uno) | 21 % | Régimen por defecto de bienes y servicios |
| Reducido (art. 91.Uno) | 10 % | Alimentos en general, aguas, viviendas, hostelería, transporte de viajeros, gafas y lentillas, productos agrícolas y ganaderos |
| Superreducido (art. 91.Dos) | 4 % | Pan, leche, huevos, frutas, verduras, hortalizas, cereales y quesos; libros, periódicos y revistas; medicamentos de uso humano; vehículos y prótesis para personas con discapacidad |
Tipos verificados el 8 de septiembre de 2026 contra el documento «Tipos impositivos en el IVA 2026» de la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es).
Canarias, Ceuta y Melilla no llevan IVA
No es una exención ni un tipo cero: esos tres territorios están fuera del territorio de aplicación del impuesto. Allí no rige el IVA, sino el IGIC en Canarias y el IPSI en Ceuta y Melilla, que son tributos distintos con sus propios tipos y sus propias declaraciones.
Para una tienda online esto tiene una consecuencia inmediata y muy poco intuitiva: un envío de la península a Canarias es una exportación. Va sin IVA español, con su DUA, y el cliente paga el IGIC y los trámites en destino. Si tu tienda le cobra el 21 % a un cliente de Las Palmas, le estás cobrando un impuesto que no debe y además va a pagar el suyo al recibir el paquete.
Es, con diferencia, el motivo número uno de reclamación en tiendas españolas que empiezan a vender a las islas sin tocar la configuración de impuestos.
Qué IVA aplicar según desde dónde vendas
Si tu tienda está en España, repercutes el tipo español que corresponda a cada producto —21 %, 10 % o 4 %— a tus clientes peninsulares y de Baleares. A Canarias, Ceuta y Melilla, sin IVA: son exportaciones. Y a clientes de otros países de la UE, el tipo español hasta los 10.000 € anuales de ventas a distancia, y el del país de destino a partir de ahí.
Si tu tienda está fuera de España y vendes a consumidores españoles, aplicas el IVA de tu propio país mientras no superes esos 10.000 € de ventas a distancia al conjunto de la UE. En cuanto los superas, tienes que repercutir el IVA español y declararlo por la ventanilla única, sin necesidad de darte de alta en España.
Y si vendes a una empresa española con NIF-IVA válido, la operación va sin IVA por inversión del sujeto pasivo: tienes que validar ese número en VIES y conservar la prueba de la validación.
Cómo se configura esto en WooCommerce
WooCommerce trae tipos por país, pero no distingue tipos dentro de un país por clase de producto ni vigila el umbral por ti. Son tres cosas las que hay que dejar montadas:
- Una clase de impuesto por cada tipo que uses, asignada producto a producto y no a nivel de tienda.
- Validación del NIF-IVA en el checkout contra VIES para los clientes empresa, de modo que no se repercuta IVA cuando la operación va por inversión del sujeto pasivo.
- Un control del umbral de 10.000 €, porque el día que se supera cambian los tipos de golpe en todos los países a la vez.
Las tres las cubre EHERO Woo VAT, que hicimos precisamente porque son los tres puntos por los que se rompen las tiendas que venden al resto de la Unión Europea.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el IVA general en España en 2026?
El 21 %. Junto a él conviven el tipo reducido del 10 % y el superreducido del 4 %, que solo se aplican en los casos que establece la Ley 37/1992.
¿Qué IVA se paga en Canarias?
Ninguno: Canarias está fuera del territorio de aplicación del IVA. Allí se aplica el IGIC, un impuesto canario distinto, con sus propios tipos. Lo mismo ocurre en Ceuta y Melilla con el IPSI.
Soy una tienda de fuera de España, ¿qué IVA aplico a un cliente español?
El español —21 %, 10 % o 4 % según el producto— en cuanto superes los 10.000 € anuales de ventas a distancia al conjunto de la UE. Por debajo, el de tu propio país.
¿Sigue habiendo IVA al 0 % en los alimentos?
No. La rebaja temporal aplicada a determinados alimentos básicos fue una medida excepcional y ya no está vigente: esos productos han vuelto a sus tipos ordinarios del 4 % y el 10 %.
Sigue por aquí
- Tipos de IVA por país de la UE en 2026 — la tabla completa de los 27
- IVA en Francia 2026 · IVA en Alemania 2026
- El umbral de 10.000 € en ventas a distancia



